Despido de empleada doméstica: preaviso e indemnización
Qué debe pagar el empleador al despedir a una empleada doméstica: preaviso de 10 o 30 días, indemnización por antigüedad y el caso de la justa causa, según la Ley 26.844.
Despedir a una empleada doméstica obliga a dar un aviso previo. Si el despido es sin causa, también hay que pagar una indemnización. Si no se da el aviso, hay que pagar la remuneración de esos días. Esta guía lo explica con el texto de la Ley 26.844.
El aviso previo (preaviso)
- Empleador con menos de un año de antigüedad: 10 días (art. 42).
- Empleador con más de un año de antigüedad: 30 días (art. 42).
- Trabajadora que renuncia: 10 días (art. 42).
- Los plazos empiezan a correr el primer día del mes siguiente (art. 44).
Si no se da el aviso
Si el empleador omite el preaviso o lo da de forma insuficiente, debe pagar lo que hubiera correspondido en esos días. Es la indemnización sustitutiva del preaviso (art. 43).
La indemnización por antigüedad
En despido sin causa corresponde un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses. La base es la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, y el mínimo es un mes de sueldo (art. 48).
Cuando la trabajadora se va por justa causa
Si la empleada rescinde el contrato con justa causa, por incumplimientos graves del empleador, tiene derecho a las indemnizaciones de los artículos 43, 44 y 48 (art. 49). La causa se evalúa caso por caso: consulte con un abogado antes de decidir.
Antes de despedir, revise
- La antigüedad exacta, desde la primera fecha de trabajo.
- La mejor remuneración de los últimos 12 meses, normal y habitual.
- La baja en el portal de casas particulares de ARCA: se registra en el mismo portal y genera una constancia de baja.
- Si la empleada está embarazada o en otra situación especial, consulte antes con un abogado. Esta guía no cubre esos casos.
Información general. Antes de despedir a una persona, confirme la norma vigente con un abogado laboral.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto preaviso debo dar?
10 días si la empleada renuncia. Si usted despide, 10 días si la antigüedad es menor a un año y 30 días si es mayor (art. 42).
¿Y si no doy el preaviso?
Debe pagar la remuneración de esos días como indemnización sustitutiva (art. 43).
¿Qué pasa con el despido de una empleada embarazada?
Esta guía no cubre ese caso. Consulte con un abogado laboral antes de despedirla.